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Preguntas frecuentes

Interrogación

Matriculación de optativas

  • ¿Debe el alumno comunicar a la escuela las optativas elegidas ANTES de formalizar su matrícula?

Sí. Previo al periodo de matriculación, en la web de la ESI se publicará la información relativa a la elección de optativas (habrá una reunión informativa para resolver dudas al respecto). El alumno deberá realizar la solicitud de optativas completando el formulario que se publicará, siguiendo las instrucciones proporcionadas por la Dirección de la Escuela.

  • ¿Puede el alumno modificar su elección de optativas?

Sí. Una vez completado y enviado el formulario, las solicitudes serán revisadas por el centro, se publicará un listado provisional y se abrirá un plazo de reclamación. Si la reclamación es favorable al alumno, se le indicarán las nuevas optativas en las que será incluido para poder realizar su matrícula.

Desde los servicios administrativos de la ESI, se mecanizarán los DNI de los alumnos y sólo podrán matricularse en las optativas que les hayan sido asignadas. Salvo error en la asignación, es importante tener en cuenta que la modificación sólo se podrá realizar de acuerdo a los criterios establecidos por la Dirección, es decir, que existan plazas en la optativa y por expediente académico en caso de concurrencia de diferentes alumnos a la misma optativa.

  • ¿Debe el alumno comunicar a la escuela cualquier modificación de optativas en las que se quiera matricular?

Sí. Deberá comunicarlo para poder comprobar la disponibilidad de plazas y, en caso afirmativo, incluir al alumno en la asignatura para que pueda matricularla. La solicitud se realizará a través de este formulario.

  • ¿Hasta cuándo puede hacerlo?

Durante el plazo de reclamación, preferentemente. Sin embargo, es posible modificar las asignaturas optativas matriculadas durante los plazos de matriculación oficial del primer y segundo semestre. Si son optativas del primer cuatrimestre, dentro del plazo de matrícula inicial, si son asignaturas del segundo cuatrimestre, el plazo será el estipulado para modificaciones o ampliaciones de matrícula. Siempre se hará mediante la aplicación de automatrícula.

  • Si modifica su elección y quiere matricularse en alguna asignatura en la que ya no hay plazas, ¿se le deniega el acceso, aunque su expediente académico sea mejor?

Sí. Hay que tener en cuenta que un cambio de una optativa por otra fuera del período general de elección implicará que el alumno renuncia a una optativa ya asignada para matricularse en otra y no es posible penalizar a otros estudiantes a los que se les asignó una asignatura optativa siguiendo el proceso de asignación competitivo por nota académica por un cambio imprevisto de otro alumno. Hasta ahora, si un alumno quería modificar su elección de optativas y ya están asignadas todas las plazas, se le indicaba qué optativas tenían vacantes para que decidiese si le interesa el cambio.

Matriculación de intensificaciones

  • ¿Debe el alumno comunicar a la escuela la intensificación elegida ANTES de formalizar su matrícula?

Sí. El proceso de elección de intensificación, al igual que las optativas, se publicará en la web de la ESI antes del comienzo de la matrícula Asimismo, se realizará una reunión informativa previa para aclarar dudas de cara al proceso de elección de intensificación.

El alumno solo podrá matricularse en las asignaturas de la intensificación que le haya sido asignada, en caso de no hacerlo, a primeros de septiembre se revisará y se le comunicará que debe modificar su matrícula.

  • ¿Es necesario matricularse de todas las asignaturas de intensificación?

Para que el estudiante complete el módulo de Tecnología Específica debe matricular y superar las 8 asignaturas de la intensificación que haya seleccionado. Aunque estas asignaturas tienen carácter de Optativas (para la ANECA), se trata en realidad de asignaturas obligatorias dentro de la especialización. Esto no implica que el estudiante pueda decidir el curso en el quiere matricular esas asignaturas, lo cuál dependerá de la carga y situación de cada estudiante. Lo que es realmente importante es que deben superar las 8 asignaturas de la intensificación seleccionada.

  • Si el alumno/a no matricula ninguna asignatura de la intensificación que se le ha asignado, ¿tendría que volver a solicitarla para el próximo curso?

Los estudiantes eligen intensificación al finalizar el 2º curso, y antes del período de matrícula. Las asignaturas de intensificación se cursan durante el segundo semestre de 3º y primer cuatrimestre de 4º. El estudiante puede matricular 0, 1, 2 o hasta 4 asignaturas de intensificación en el semestre correspondiente. El estudiante no tiene, por tanto, obligación de matricular todas las asignaturas en el curso en que selecciona intensificación.

  • Tengo asignada la intensificación pero no me he matriculado de ninguna asignatura ¿tengo que volver a solicitar la intensificación el próximo curso?

Un estudiante al que se asigna una intensificación mantiene esa intensificación el/los cursos siguientes que sean necesarios hasta completar las 8 asignaturas sin necesidad de solicitar de nuevo la asignación de intensificación. El proceso de elección de intensificación es un proceso competitivo estrictamente por nota del expediente. Una vez se le asigna al estudiante una intensificación se le mantendrá el resto de años para evitar que el estudiante tenga que volver a “competir”.

  • ¿Puedes cambiar de intensificación si no te está gustando la que tienes?

Sí, pero con ciertas condiciones. La primera es que el estudiante debe volver a solicitar intensificación como si solicitara intensificación por primera vez, y por tanto, optar a la intensificación deseada con su nota del expediente. La segunda es que no se pueden convalidar los créditos superados de la intensificación que abandona como créditos de optatividad. Por tanto, el estudiante tendría que cursar y superar las 8 asignaturas de la nueva intensificación.

Prácticas en empresas

  • ¿Cuál es la aplicación de Gestión de Prácticas?

UCLM – Prácticas y Empleo

  • ¿Las prácticas se matriculan como cualquier otra asignatura? ¿hasta septiembre y el período de febrero?

Sí, si se van a realizar prácticas curriculares, el alumno debe matricular la asignatura de prácticas en empresa (código 42399) bien el grupo 20 si la práctica se realiza en el primer cuatrimestre, o el 21 si son en el segundo.

Durante el periodo previsto para modificación o ampliación de matrícula, el alumno podrá añadir la asignatura de prácticas en empresa para el segundo cuatrimestre. Otra opción prevista es que el alumno modifique la matrícula y cambie dos optativas que le hayan sido asignadas para el segundo cuatrimestre, por la asignatura de prácticas en empresa (12 créditos ECTS).

  • ¿Cuáles son los requisitos para poder cursar unas prácticas?

En la aplicación de empresas, dentro del perfil de estudiante, aparece toda la información relativa al proceso de alta y requisitos para poder realizarlas. Estos son los siguientes:

  1. Ser estudiante de la UCLM
  2. Podrán inscribirse en esta aplicación de prácticas los alumnos de grado y máster oficial.
  3. Tener el 50% de los créditos en el caso de los estudios de grado
  4. Estar inscrito en la base de datos curricular
  • Prácticas curriculares, extracurriculares y reconocimiento por experiencia profesional, ¿qué diferencias hay?

Las prácticas curriculares se configuran como actividades académicas integrantes del Plan de Estudios de que se trate. El alumno, una vez finalizada la práctica, presentará la documentación necesaria para el reconocimiento de la asignatura en su expediente. Para ello debe estar matriculado en la asignatura de prácticas en empresa.

Si el alumno va a realizar prácticas curriculares durante el verano, lo aconsejable es que matricule la asignatura de prácticas en empresa para el curso siguiente (el cierre de actas de convocatoria extraordinaria es en el mes de julio y muchas de las ofertas para el verano, finalizan en agosto o incluso a primeros de septiembre). En estos casos, el alumno matricularía la asignatura de prácticas en el grupo 20 y se reconocerían en cierre de actas de convocatoria especial de finalización (diciembre) u ordinaria (febrero)

Las prácticas extracurriculares, son aquellas que los estudiantes podrán realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que, aun teniendo los mismos fines que las prácticas curriculares, no forman parte del correspondiente Plan de Estudios. No obstante, serán contempladas en el Suplemento Europeo al Título conforme determine la normativa vigente.

Reconocimiento por experiencia profesional: los alumnos que puedan acreditar al menos tres meses de experiencia laboral deberán solicitarlo a través de la Secretaría Virtual. El primer periodo de solicitudes se abrirá para el comienzo de la matrícula y el segundo suele coincidir con el periodo de modificación, ampliación de matrícula. Deben adjuntar la documentación que se les indica al iniciar el proceso:

  1. Certificado de vida laboral expedido por la Seguridad Social.
  2. Certificado de la empresa o empresas en las que haya desarrollado la actividad susceptible de reconocimiento en el que el Director de Recursos Humanos o persona que ocupe un puesto de similar responsabilidad certifique las funciones realizadas por el trabajador. En el caso de trabajadores autónomos, no será necesario la aportación de dicho documento, aunque la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos del Centro podrá requerir la documentación complementaria que considere oportuna.
  3. Memoria realizada por el estudiante en la que explique las tareas desarrolladas en los distintos puestos que ha ocupado y en las que, en su opinión, le han permitido obtener algunas de las competencias inherentes al título en el que desea obtener el reconocimiento académico.
Nota: Las asignaturas de las que solicites reconocimiento se procesarán como matriculadas y reconocidas. Cuando se resuelva tu solicitud, se modificará la matrícula para anular las asignaturas de las que hayas solicitado expresamente no quedar matriculado. No procederá la anulación de asignaturas si no se cumple el requisito de la matrícula mínima para el estudio que curses.

Matrícula TFG

Toda la información relativa a los TFG está publicada en la web de la ESI.

  • ¿Cuándo puede matricularse un alumno de un TFG?

El TFG se puede matricular hasta la primera semana del mes de junio del curso académico vigente. Lógicamente, si el alumno va a defender el TFG en la convocatoria especial u ordinaria, debe matricularlo antes de las fechas previstas para esa defensa. La fecha límite de matrícula solo tiene sentido si la defensa del TFG va a ser en julio o en septiembre.

Se recomienda al alumno, sin embargo, no matricularse del TFG hasta no estar seguro de que va a defenderlo en una próxima convocatoria.

  • ¿A cuántas convocatorias da acceso la matrícula de TFG?

El alumno puede defender su TFG en cualquiera de las convocatorias previstas en el calendario académico de la ESI. Si el alumno se presenta en una de las convocatorias ordinarias y no supera el TFG, podrá presentarse en la convocatoria extraordinaria de nuevo (septiembre).

  • ¿Qué debo hacer para proponer un TFG?

Todo el proceso relacionado con el TFG se gestiona a través de la Aplicación para la gestión de los Trabajos de Fin de Estudios en la UCLM (TFE) – por lo que se recomienda que tanto estudiantes como tutores se familiaricen con la misma a través de uso y los manuales de usuario que incorpora. La propuesta de TFG se realizará a través de este formulario.

  • ¿Qué debo hacer para cancelar un TFG cuya propuesta ha sido aprobada por la Comisión?

El alumno deberá solicitar por escrito o por correo electrónico, dirigido al presidente/a de la Comisión, la intención de cancelar el TFG asignado. El documento deberá ir firmado tanto por el alumno como por el tutor/es académico.

  • ¿Qué debo hacer para modificar un TFG (título, contenidos, etc.) cuya propuesta ha sido aprobada por la Comisión?

El alumno deberá solicitar por escrito o por correo electrónico, dirigido al presidente/a de la Comisión, los cambios que se quieren realizar en el TFG asignado. El documento deberá ir firmado tanto por el alumno como por el tutor/es académico.

Evaluación por compensación curricular

  • ¿Qué asignaturas pueden ser evaluadas por compensación curricular?

Asignaturas de carácter obligatorio o troncal. La nueva normativa de permanencia que entrará en vigor, previsiblemente, el curso 2022/2023 considera además las asignaturas optativas de intensificación.

  • ¿Cuáles son los requisitos para solicitar evaluación por compensación curricular?

La compensación curricular se puede pedir si concurren todas las siguientes condiciones (art. 24 del Reglamento del Estudiante):

Haber cursado al menos el cincuenta por ciento de la carga lectiva en la Universidad de Castilla-La Mancha.

Que en el momento de solicitar la evaluación les falte una asignatura para finalizar los estudios de la titulación correspondiente, a excepción del trabajo fin de grado.

Que se hayan examinado de la materia para la que solicitan evaluación por compensación un mínimo de dos convocatorias. Estas convocatorias se realizarán en cursos académicos diferentes en la Universidad de Castilla-La Mancha, con excepción de las asignaturas del último curso.

Que se encuentren matriculados de la asignatura y calificados en la convocatoria para la que solicitan compensación con una nota distinta de cero.

  • ¿Cuándo y cómo puedo solicitarlo?

El estudiante que cumpla los requisitos exigidos para ser evaluado por compensación dirigirá su solicitud al decano o director del centro, dentro de los diez días hábiles siguientes a la finalización del plazo de entrega de las actas de la convocatoria oficial en la que se solicita la compensación curricular. Las fechas de cierre de actas se publican en la página web de la ESI. La solicitud se realizará a través de este formulario.

  • ¿Qué normativa aplica?

Reglamento de Evaluación del Estudiante

Normativa de Progreso y Permanencia en los estudios de Grado y Máster de la Universidad de Castilla-La Mancha (en exposición pública).

Distribución de alumnos en grupos de clase

  • ¿Cómo se distribuyen los alumnos en grupos de clase?

Los grupos de clase se aprueban en Junta de Centro cada curso académico. Cada grupo se identifica con una letra: A, B, C o D y con un identificador: 20, 21, 22, 23, respectivamente. Los alumnos se distribuyen en los grupos de clase en función de la primera letra de su primer apellido. Por ejemplo: 1ºB (grupo 21) alumnos con el primer apellido entre la A y la F. Dado que la distribución por apellidos podría variar en distintos cursos académicos, en los horarios se especificará a qué grupo pertenecerá el alumno según su primer apellido. El grupo A (20) se reserva siempre para alumnos matriculados en la modalidad bilingüe, independientemente de su apellido.

  • ¿Cómo quedan los grupos de clase en el curso 2024-2025?

Los grupos de clase durante el curso 2024-2025 se distribuyen como se indica en este archivo: Distribución de grupos 2023-2024

Cambio oficial de grupo

  • ¿Qué causas están justificadas para solicitar el cambio oficial de grupo?

Los alumnos que tengan problema de solape de horarios (por tener asignaturas de distintos cursos), podrán solicitar cambio de grupo. También aquellos que, mediante justificación motivada (contrato de trabajo, horarios medio de transporte…), deban estar en otro grupo distinto al que les corresponda en la matrícula.

  • ¿Cuándo y cómo se puede solicitar el cambio oficial de grupo?

Al comienzo de las clases, a través de este formulario.

Reconocimiento de nivel B1 de idioma extranjero

  • ¿Cómo puedo obtener el reconocimiento de nivel B1 en idioma extranjero?

Para poder solicitar el título el alumno debe tener reconocido el nivel B1 de un idioma extranjero. En nuestra Universidad lo puedes acreditar de las siguientes formas:

  1. Prueba de nivel
  2. Cursar y aprobar, al menos, 12 créditos de asignaturas propias de la titulación impartidas en un mismo idioma extranjero
  3. Cursar y aprobar, al menos, 12 créditos de un mismo idioma extranjero impartido en la titulación realizada
  4. Por la superación de, al menos, 12 créditos en asignaturas cursadas en el marco de un programa internacional en un país con un idioma distinto al castellano
  5. Solicitar la realización y la defensa del Trabajo Fin de Grado o, en su caso, de Máster, en otro idioma
  6. Acreditación de Cursos y Certificaciones asimilables al B1 (aprende inglés en tu campus B1, escuela oficial idiomas, Universidad de Cambridge…)
  • ¿Cuándo se puede solicitar el reconocimiento?

Se puede adjuntar el documento de acreditación a la hora de formalizar la matrícula.

  • ¿Dónde puedo obtener más información?

Preguntas frecuentes sobre acceso a la Universidad (UGAC)